Esta nueva normativa afecta a los edificios de nueva construcción y a edificios sometidos a grandes rehabilitaciones con una superficie útil superior a 1.000 m2, en los cuales se renueve más del 25% del total de su espacio. En este nuevo escenario legal, y por primera vez en el sector inmobiliario, se establece el compromiso de informar de forma clara, objetiva y transparente a los compradores o usuarios sobre las características técnicas de los edificios, a la vez que se promueven construcciones que contribuyen al ahorro de energía.
Esta información técnica se materializa en una etiqueta energética, análoga a la utilizada en otros bienes de consumo como electrodomésticos o lámparas de iluminación. Incluye valores de la A a la G (de mayor a menor eficiencia energética) y permite evaluar las prestaciones energéticas, aportando nuevos criterios para la compra. La clase A representa del orden de un 75% de ahorro y la clase C, un 35%. Las clases D y E son las estrictamente reglamentarias, mientras que los tipos F y G quedarían fuera de la ley, al no cumplir los mínimos exigidos por el Código Técnico de la Edificación (CTE).
En contra de lo que puede parece, la consecución no supone un sobrecoste importante, sino “un incentivo para los agentes, para poner en valor sus productos”. De todos modos, el usuario debe verlo como una inversión inicial, que recuperará después fácilmente mediante el ahorro en el consumo energético de su vivienda.
Servicios
1. Auditorías energeticas de agua, gas y electricidad.
2. Preinspecciones de valoración
3. Gestión de ayudas y financiación energética
4. Proyectos de ahorro por resultados
5. Proyectos de servicios energéticos llave en mano
6. Servicios de asesoramiento
7. Análisis de tarifas
8. Inversión en eficiencia.
El potencial de ahorro medio oscila entre un 15% y un 30% dependiendo del sector y de las instalaciones.
El modelo de proyecto puede ser por servicio, por resultados aportando la inversión el cliente con una parte subvencionada, o aportando la inversión íntegramente ipsom.

